¿ Qué es un juicio rápido ? ¿Qué lo diferencia de otros procedimientos?
En esta entrada responderemos a la pregunta qué es un juicio rápido y explicaremos sus diferencias fundamentales respecto a otros procedimientos.
Con este artículo iniciamos una serie monográfica dedicada a tratar todos los aspectos relacionados con un juicio rápido.
¿ Qué es un juicio rápido ?
La característica fundamental de un juicio rápido y que lo diferencia de otros procedimientos es que conlleva una reducción en los plazos y tramitaciones previas a la celebración del juicio.
Los juicios rápidos están recogidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los artículos 795 a 803. El espíritu de este tipo de juicios es agilizar los procedimientos de los delitos más frecuentes. En particular, se podrá dar un juicio rápido siempre que se esté ante alguno de estos supuestos:
- Que el delito esté castigado con pena de prisión que no exceda de 5 años de duración.
- Que, estando castigado con otra pena, su duración no exceda de 10 años, que se imponga como pena única, o bien conjunta o alternativamente, cualquiera que sea su cuantía.
Se inicia mediante atestado policial, y siempre que haya habido detención policial de la persona que se considere culpable, o bien citación para comparecer ante el Juzgado de Guardia por tener dicha persona calidad de denunciado en el referido atestado.
Cómo decíamos al principio de esta entrada el espíritu de este tipo de procedimientos es agilizar la tramitación de los delitos más frecuentes y de aquellos a los que no se les presuponga una complejidad en sus diferentes fases de sustanciación. Consecuentemente con esto, los supuestos que contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal para celebrar un juicio rápido son:
1.- Que se trate de delito flagrante, entendiendo como tal aquel (art. 795.1,1º) que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto.
2.- Que se trate de alguno de los siguientes delitos:
- Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual contra las personas a que se refiere el artículo 173.2 del CP (asuntos de violencia de género)
- Delitos de hurto.
- Delitos de robo.
- Delitos de hurto y robo de uso de vehículos.
- Delitos contra la seguridad del tráfico.
- Delitos de daños.
- Delitos contra la salud pública
- Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial.
3.– Que se trate de hechos punibles en los que, aún no concurriendo los requisitos previos, se presuma facilidad instructora de modo que se entienda que la investigación será sencilla y breve.
Fases de un juicio rápido.
Se distinguen 3 fases en este tipo de procedimientos:
1. Fase de investigación: en la que tanto por la policia como por el Juzgado de Guardia se practicarán aquellas diligencias de prueba que se consideren imprescindibles y urgentes para la investigación del delito (petición de antecedentes penales, informes periciales, tasación de objetos aprehendidos, declaración de testigos, etc).
2. Fase preparatoria del Juicio Oral: Se practicará ante el mismo Juzgado de Guardia que conoció de la fase judicial de investigación en un sólo acto en el que en una pequeña vista con audiencia de las partes no sólo se preparará el juicio oral (formulación de acusación, citaciones oportunas para juicio, etc) sino que se podrá solicitar el sobreseimiento y archivo de la causa o apertura del juicio oral.
En este momento pueden producirse dos circunstancias:
1. Sobreseimiento y archivo del procedimiento sin consecuencia alguna por tanto para el denunciado, o bien
2. Sentencia de conformidad. Se abre en este momento una de las particularidades más relevantes de los juicio rápidos ya que el acusado podrá decidir ante el propio Juzgado de Guardia acogerse a una sentencia de conformidad por la que acepte los hechos que se le imputan por el Ministerio Fiscal y la pena propuesta lo que llevará aparejado la reducción automática en un tercio de la pena solicitada.
Para que pueda darse esta sentencia de confomidad son necesarios 3 requisitos:
a) Será necesario que el Ministerio Fiscal constituido en parte única, haya solicitado la apertura de juicio oral y presentado en el acto escrito de acusación.
b) Los hechos objeto de acusación deberán haber sido calificados como un delito castigado con pena de hasta 3 años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años.
c) Para el caso de haberse solicitado por la acusación pena privativa de libertad la misma no podrá superar reducida en un tercio los dos años de prisión.
En el caso de haberse producido sentencia de conformidad finaliza en este momento el procedimiento, quedándo pendiente, unicamente, la remisión de las actuaciones al Juzgado de lo Penal correspondiente quien se encargará de su ejecución (es decir, por ejemplo, de velar por el cumplimiento de la multa pudiendose solicitarse ante dicho Juzgado el fraccionamientos de pago de la pena de multa impuesta, etc). De no haberse producido sentencia de conformidad el procedimiento continúa hasta la siguiente fase
3. Juicio Oral: Para el caso de no haberse llegado a una sentencia de conformidad el procedimiento continuará hasta juicio oral, el cual se producirá ante el Juzgado de lo Penal con la práctica de las pruebas que la acusación y la defensa hayan propuesto para el mismo y la consiguiente sentencia del Juzgado de lo Penal. Destaca nuevamente en este punto la rápidez con la que se producirá la citación a juicio, generalmente en los 15 días siguientes a la comparecencia del acusado ante el Juzgado de Guardia, y el plazo para dictar sentencia por su Señoría, el cual se reduce a 3 días desde la terminación de la vista
Esperamos haberte aclarado tus dudas iniciales sobre qué es un juicio rápido.
No dudes en contactar con nosotros para que te asesoremos lo antes posible dado que por la rapidez que implican estos procedimientos conviene contar con defensa legal desde el inicio de los mismos.
En la siguiente entrada nos centraremos, dentro de los juicios rápidos correspondientes a delitos contra la seguridad del tráfico, en uno de los más comunes: el juicio rápido por alcoholemia.
Etiquetas: abogado juicio rápido, alcoholemia, juicio rápido
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