Juicio rápido por alcoholemia
Cuando un cliente es detenido por conducir presuntamente bajo los efectos de bebidas alcohólicas o drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas pueden ocurrir dos cosas:
- Que el denunciado quede directamente detenido, caso en el que comenzamos nuestra intervención profesional directamente en Comisaría asistiendo a nuestro cliente en su declaración ante la policía, valorando la legalidad de la detención del mismo y posible permanencia en calabozos hasta puesta a disposición judicial.
- Si el delito no provoca la detención, asistiremos al denunciado directamente en la citación que emita el Juez del Juzgado de Guardia receptor del atestado policial.
Cuando un cliente se enfrenta a un juicio rápido por alcoholemia es habitual que nos pregunten inicialmente la pena que se les puede llegar a imponer. El artículo 379 del C.P nos da la respuesta a esta pregunta señalando penas que oscilan entre los 3 y 6 meses de prisión o multa de 6 a 12 meses o bien trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En cualquier caso, la condena por este delito llevará siempre aparejada la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
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